April 14, 2026
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El grave delito de revelación de secretos banalizado por algunos sanitarios: “Han entrado 733 veces en mi historia clínica” | sociedad

  • abril 14, 2026
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Tras una baja, S. una persona vinculada al Hospital Clínico San Carlos de Madrid, notó un comportamiento extraño por parte de algunos trabajadores del centro. Sospechaba que sabían

El grave delito de revelación de secretos banalizado por algunos sanitarios: “Han entrado 733 veces en mi historia clínica” | sociedad

Tras una baja, S. una persona vinculada al Hospital Clínico San Carlos de Madrid, notó un comportamiento extraño por parte de algunos trabajadores del centro. Sospechaba que sabían más de su caso ―había una depresión mayor― de lo que debían, y solicitó información sobre los accesos a su historia clínica. Necesitó varios requerimientos para recibir respuesta: había sido consultada 733 veces en tres años, tal y como ha podido comprobar EL PAÍS.

Equivale prácticamente a un acceso diario en cada jornada laboral en este tiempo. “Para alcanzar ese número, los médicos que me ven tendrían que estar viendo constantemente mi historial”, dice S. Para salir de dudas, realizó una consulta sobre qué servicios del hospital habían accedido, y contestóon con una relación de 26 distintos, muchos de los cuales no tenían nada que ver con su enfermedad ni habían tenido nunca contacto con ella como paciente.

Su caso no está todavía resuelto y no está probado que hubiera accesos indebidos, aunque tiene el convencimiento de ello: ni la frecuencia de las consultas al historial ni su procedencia le parecen justificados.

Legalmente, un sanitario solo puede acceder a la historia clínica de sus propios pacientes, a no ser que haya una justificación acreditada. En la práctica, es frecuente que los sistemas de salud permitan la consulta a personal que nada tiene que ver, incluso de otros centros.

En el caso del Clínico San Carlos, un portavoz del hospital explica que la utilidad de la historia clínica va más allá de los límites estrictamente asistenciales y que su espectro de acción abarca los ámbitos académicos (estudio científico, de investigación o epidemiológico, docencia, etc.), administrativo, ético jurídico-legal y económico.

«El hospital dispone de un control de seguimiento de acceso a la historia clínica y contempla correctoras en el caso de que pudiera haber medidas accesos indebidos. Un simple cambio de cita o la inclusión de un medicamento en la historia clínica de un paciente por parte de un médico ya constituye un acceso», señala.

tumba delito

El acceso a una historia clínica de un paciente ajeno es un “grave” delito de revelación de secretos, explica el abogado Carlos Sardinero, especializado en negligencias médicas. “A veces tiene condenas incluso superiores a un homicidio imprudente porque se trata de datos muy sensibles y las penas son más altas por tratarse de trabajadores públicos”, argumenta.

Sardinero explica que, sin embargo, es frecuente que se consulten historias clínicas viejas porque los sanitarios, por lo general, no son conscientes de esta gravedad. “Puedes pensar que los facultativos lo tienen claro, pero no: estudian medicina legal y forense, imprudencias… pero no temas de protección de datos, y no se percatan del delito que supone”, continúa.

Es un delito que puede quedar impune si no se hace uso de esta información confidencial: el propio paciente no puede saber ―a no ser que lo solicite expresamente―, cuantas veces han accedido a su historial clínico ni de dónde proceden esos accesos.

Pero existen numerosas sentencias que en los últimos años han condenado ―con penas de cárcel, inhabilitaciones y multas― a sanitarios que han accedido a historias clínicas que no deberían haber visto por su falta de relación profesional ―aunque normalmente sí la hay personal― con el paciente.

Algunos de los casos los ha llevado el propio Sardinero, que recuerda el primero en 2001, cuando un médico residente fue condenado por revelar datos relativos a dos interrupciones legales de embarazo, obtenidos del historial clínico de una paciente. Compartió la información con su madre y acabó siendo difundida en una pequeña localidad de donde eran originarias todas las personas implicadas.

El Tribunal consideró que se trataba de una revelación de secreto y no de “un simple cotilleo”, porque, precisamente, el médico, que está específicamente obligado a guardar el secreto, divulgó un hecho que pertenece a la intimidad de la víctima, lo que “lesiona el derecho fundamental”.

Pero para que sea delito no es necesaria la divulgación de los datos. En 2016, una enfermera de Valladolid descubrió que una colega había accedido “por curiosidad” a sus datos médicos ya los de sus hijos. Lo hizo cuando, como sanitario, comprobó el historial clínico de su hijo para saber si tenía recetados unos medicamentos antes de un viaje. Ahí comprobó los accesos indebidos.

La enfermera fue condenada en 2019 a dos años y medio de prisión, seis años de inhabilitación, a pesar de que el tribunal reconoce que “no ha difundido ni comunicado a nadie los datos a los que tuvo acceso, ni ha utilizado ninguno de los referidos datos”.

Casi 3.000 accesorios

La historia clínica de una joven accidentada en Navarra, que incluía fotos “impactantes” del cuerpo desnudo de la paciente, tuvo 2.825 accesos de 417 usuarios distintos integrados en 55 servicios.

En 2012, el Tribunal Superior de Justicia de la comunidad demostró vulnerado el derecho a la intimidad ya la protección de datos y condenó al Servicio de Salud de Navarra a indemnizar a los padres y hermana de la chica, que quedó en situación de incapacidad.

En este caso, los jueces también condenaron que se hicieran “un número desproporcionado” de fotografías, que no se correspondían con el interés científico que podría haber tenido documentar el accidente.

En las Palmas de Gran Canaria un médico fue más allá: no solo accedió a la historia clínica de su esposa tras la separación―algo en principio legal porque pertenecía a su cupo―, sino que añadió diagnósticos que no existían: de “personalidad narcisista” y “trastorno esquizoide de la personalidad”. En marzo de 2021 fue condenado a dos años de prisión y una multa de 6.300 euros.

Más recientemente, en enero de 2025, una médica de Atención Primaria de Ávila fue condenada a dos años de prisión, seis de inhabilitación, 15 meses de multa y una indemnización de 50.000 euros por acceder a la historia clínica de una colega que no pertenecía a su cupo y que se encontraba de baja.

Es frecuente en las sentencias que haya colegas sanitarios implicados en el delito, ya que las víctimas acaban descubriéndolo mirando sus propias historias clínicas y comprobando quién ha accedido a ellas, algo que no puede hacer un paciente ajeno al sistema tan fácilmente.

Esto sucedió también en Madrid, cuando un enfermero consultó en reiteradas ocasiones el historial de otro con el que tenía una mala relación laboral. Fueron condenados él y la enfermera que sustituía a la víctima en su baja por descubrimiento y revelación de secretos a 10 y 11 meses de prisión respectivamente, además de multas y un año y medio de inhabilitación.